¿Qué es EQUAL?
Cooperación transnacional:
Los proyectos deben contar con al menos un socio de otro Estado miembro de la UE.
Además, pueden participar socios de países de los programas PHARE, TACIS y MEDA
Complementariedad:
Los proyectos EQUAL deben ser un complemento de las acciones ya existentes a favor del
empleo y contra la discriminación, evitando la duplicidad de actividades.
Enfoque integrado:
Los proyectos deben tener en cuenta una perspectiva integrada en el tratamiento de las
problemáticas de desigualdad o discriminación en relación con el mercado de trabajo del
territorio o sector, concentrando las actuaciones en aquellos grupos que se vean más
afectados por dichas situaciones. Si las circunstancias lo justifican, podrán asimismo
tener por objeto principal alguno de los grupos específicos que sufren discriminación o
desigualdad.
Principio de capacitación:
Se garantizará la participación activa de las entidades implicadas en la toma de decisiones
durante todas las etapas del proyecto, demostrando que están presentes las y los agentes
apropiados de la zona o sector para intervenir en las problemáticas detectadas y su
compromiso de colaboración, así como la garantía de la participación activa de las y los
destinatarios finales de los proyectos en el desarrollo de los mismos.
Innovación:
Entendida como la propuesta de nuevos enfoques, el desarrollo de métodos e
instrumentos novedosos, o la transferencia de elementos ya existentes en otros ámbitos
que incrementen la eficacia en la aplicación de las políticas.
Capacidad de transferencia a las políticas generales:
Los proyectos deben contener medidas específicas de difusión e intercambio de buenas
prácticas y de sensibilización para el cambio de actitudes, utilizando las estructuras, los
medios y los métodos necesarios para que la información llegue hasta quienes sean
responsables de la concepción de las decisiones políticas.
Igualdad de oportunidades:
Principio horizontal que debe ser contemplado en todos los proyectos EQUAL y en todas
sus fases, lo que supone incorporar objetivos y actuaciones concretas en materia de
igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en cada proyecto.